Por: Juan Narciso Vizcaíno Canario
La idea de escribir sobre este tema me surgió en momentos en que aún cursaba la carrera, en razón de que postulo que el desenvolvimiento de los abogados va más allá de la defensa de intereses que están envueltos en los casos que le han sido apoderados. Otro aspecto que me motivó se debe a que luego de egresado, en el devenir de los quehaceres asumidos he constatado que en República Dominicana, es escaso toparse con abogados que ejerzan su función social.
Desde tiempos remotos la palabra “Abogado” ha sido
concebida y definida de diversas formas, por distintos autores, críticos y
profesionales de la misma área, como el título con el cual se le conoce a la
persona que sirve como intercesor o representa intereses o presta asesoría a
una persona que se encuentra en un conflicto. Muchos se olvidan de que la psiquis
del profesional del derecho debe ser complementada.
No se trata únicamente de asumir una postura de
representación en busca del proveimiento de los derechos e intereses de su
cliente, existe algo que completa esta labor y que lo hace partícipe necesario
del desarrollo del Estado. Me refiero a su función social.
En la universidad nos enseñan teorías, prácticas y
estrategias sobre como postular frente a un caso, pero son nulos aquellos
planes de estudio y facilitadores que se preocupan por inculcar en los
aprendices la existencia de un rol paralelo, una parte del ejercicio de la
profesión que debe estar encaminada a cumplir con su función social.
El Jurista uruguayo, Eduardo J. Couture fue muy certero y
elocuente al elaborar el decálogo del abogado, puesto que en él se recogen una
serie de mandamientos que todo profesional del derecho debe recordar tales como
mantenerse siempre estudiando, pensando, trabajando, luchando, ser leal,
tolerante, tener paciencia, fe, olvidar y sobre todo amar la profesión. Factores
estos que de algún modo influyen en la función social.
La función social del abogado consiste en colaborar con las
autoridades en la conservación y perfeccionamiento del orden jurídico del
Estado y en la realización de una recta y cumplida administración de justicia.
También se basa en cooperar con una fluida interacción social, en procura del
desarrollo económico del país. ¿Es posible lograr esto solo postulando ante los
tribunales? ¿Defendiendo los intereses de un determinado cliente? La respuesta
es negativa.
No obstante, existen quienes consideran que la función
social del abogado sólo se limita al hecho de cuando un profesional del derecho
acepta asumir gratuitamente la defensa de un determinado caso. Si bien dicha
situación es parte del aspecto social y revela el lado humano del defensor, no
menos cierto es que la función social no solo abarca ese punto.
Hemos oído mencionar o hablar de la función social del
abogado, incluso, muchas veces llegamos a interesarnos interesarnos por ser
parte del grupo de abogados que cumple con ella y de esa forma contribuir con
el desarrollo del derecho y del Estado. Cabe preguntarse: ¿Qué se debe hacer
para cumplirla? Lo primero es estar consciente de que todo profesional del
derecho ha sido llamado a promover el fortalecimiento del Estado de Derecho.
El establecimiento de las normas obliga al abogado no sólo
a conocerlas sino a propiciar su ejecución o cumplimiento. Partiendo de esa
premisa y a saber de que vivimos en una sociedad con demasiados problemas que
requieren soluciones colectivas y en cumplimiento de la función social debemos
ser entes promotores de los derechos de todos los ciudadanos. Es por ello que
los abogados estamos llamados a difundir el conocimiento de la Constitución y
de las leyes en todos los escenarios, con la finalidad de que los ciudadanos
conozcan a plenitud sus derechos, deberes y limitaciones. En ese sentido es
necesario que seamos críticos de las reglas que nos rigen.
Otro aspecto importante es la colaboración en cuanto a los
conocimientos. Con la intención de ser profesionales aptos para entrar en los
ejes de la competitividad, realizamos actividades, participamos en cursos
especializados, entre otras actividades, de ahí que, luego de enriquecer el
intelecto, debemos compartir los conocimientos adquiridos, como vía de
respuesta solidaria con la justicia y el ejercicio del deber.
Como profesionales del derecho no podemos permitir que la
rutina de un buen ejercicio, con favorables resultados económicos habitúe a ser
abogados alejados de cumplir la función social. Generalmente, sólo pensamos en
el sentido económico, si es o no rentable, pero no nos detenemos a pensar
diferente, cuando existe una situación previsible, que con el simple hecho de
exponer, manifestar o criticar se pondría en relieve un tema que necesita una
determinada solución.
Importante es advertir que no es mejor abogado quien conoce
más leyes, sino aquel que sabe exigir su cumplimiento. El profesional del
derecho debe contribuir, con la buena aplicación de la ley. Es harto conocido
que en nuestro país existen normas que los operadores llamados a cumplirla la
ejecutan de una manera diferente a la establecida en su cuerpo normativo.
Los abogados debemos sentirnos orgullosos de formar parte
de esta profesión y entender que el derecho no sólo es importante para el
cliente y para uno mismo, sino para todos los ámbitos de la sociedad.
Creo que la funcion de TODOS los actores juridicos es que haya justicia; no que se cumpla la Ley. Esta a veces no es Justa en TODOS los casos. Veo como los abogados, jueces y diferentes actores del sistema de Justicia de RD anteponen la Ley y los procedimientos a La Justicia, que es el objetivo principal y unico.
ResponderBorrarEntonces la justicia es la utopía, las alas.. y la ley y el procedimiento las piernas. Mejor.
Borrar