Por: Luis G. Fernández Budajir Luego de casi 150 años de aplicación del Código Penal Napoleónico la República Dominicana se aboca a la aplicación de un nuevo modelo de Código Penal, [1] que incluye un sistema categorial clasificatorio que resulta común a casi todas las clases de delito y que ha sido denominado desde antaño como Teoría del Delito. Con dicha teoría se intenta explicar los presupuestos que deben configurarse de modo general para la imposición de una pena o de cualquier otra consecuencia jurídica resultante, ya sea de la existencia o de la inexistencia, del delito. Esto supone una ruptura con la tendencia francesa que rechaza de modo sistemático la implementación de la Teoría del Delito dentro de su sistema, permaneciendo, incluso hasta hoy, arraigada al planteamiento de los elementos constitutivos de la infracción, a saber, el elemento material, elemento moral, elemento legal y el elemento injusto. También continúa siendo una separación respecto al sistema...
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