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Entradas

La nueva Ley 107-13 de República Dominicana

Una moderna legislación a favor de la buena Administración. Por:  José Ignacio Hernández G. El pasado 6 de agosto de 2013, fue promulgada en República Dominicana la Ley Nº 107-13, cuyo propósito básico es regular las relaciones de los ciudadanos con la Administración Pública, principalmente, en el marco del procedimiento administrativo. No se trata, sin embargo, de una Ley de procedimiento administrativo convencional. Es mucho más que ello: la Ley 107-13, establece las bases jurídicas para centrar el Derecho administrativo en el ciudadano y sus derechos fundamentales, a partir del derecho a la buena administración. Con lo cual, no exageramos al decir que nos encontramos ante una de las leyes más modernas en el Derecho administrativo comparado. La Constitución de República Dominicana, de 2010, ya establecía la necesidad de dictar una Ley con ese contenido. De conformidad con su artículo 138, la Administración Pública debe regirse por los principios de eficacia, je...

Necesidad del Derecho Informático en la República Dominicana

Por: Otilio Sánchez Montero El Derecho Informático, es la traducción del vocablo alemán “Rechtsinformatik”, término que fue acuñado por el Dr. Wilhelm Steiunmuller en los años de la década de 1970, el cual se traduce a Derecho Informático o informática legal, aunque no es un término univoco, ya que se le han buscado distintos términos para el Derecho Informático, como es Derecho Telemático, Derecho de las Nuevas Tecnologías, Derecho Tecnológico, entre otros. Ahora bien, ¿Que es el derecho informático? Conceptualizando el Derecho Informático “es un conjunto de leyes, normas y principios aplicados a los actos y hechos derivados de la informática.” [1] El Derecho Informático, por lo tanto se ocupa del uso, aplicación e implicaciones legales que surgen de la utilización y empleo de las tecnologías en la vida cotidiana. En casos prácticos el Derecho Informático regula, las relaciones laborales que se vean afectadas por el uso o intervención de tecnologías, el uso de video vi...

Tribunal Constitucional establece “excepción” a uno de sus criterios jurisprudenciales

Por: Juan Narciso  Vizcaíno  Canario El Tribunal Constitucional, en distintas decisiones ha reiterado el criterio de que la acción directa de inconstitucionalidad, como proceso constitucional, se encuentra reservada para impugnar los actos señalados por el numeral 1) del artículo 185.1 de la Constitución y por el 36 de la Ley No. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales. Estos textos indican que dicha acción solo procede contra leyes, decretos, reglamentos, resoluciones y ordenanzas. Desde octubre del año 2012, el Tribunal Constitucional, estableció los límites, para conocer de la inconstitucionalidad de una de las indicadas normas, estableciendo que la acción directa (llevada ante el TC), solo procedía cuando se trata de actos estatales de carácter normativo y alcance general. Es decir, que sólo en estos era que se admitía la jurisdicción del Tribunal Constitucional, para decidir el fondo de la inconstitucionalidad plan...

Justicia Laboral vs Discriminación

Por: Juan F. Rosario Gratereaux La justicia social es una forma de expresión de la ética colectiva como la llama Radbruch, y se convierte en el instrumento de mayor rango del derecho social’. Como afirma De Buen. Justicia Social, por lo tanto, correspondiente a la realización de las disciplinas que lo integran. Antes de definir lo que es la justicia social podemos hacer referencia a la definición original de justicia, la de Ulpiano, como “La constante y perpetua voluntad de dar a cada quien lo suyo”. Pero de nueva cuenta habrá que plasmar otras cuestiones, ¿Quién y cómo se decidera lo que corresponde a cada quién? Este es el problema central de cómo hacer justicia. Tradicionalmente se ha considerado que la justicia puede ser general o particular (Entre individuos). En segundo término nos acercamos a su clasificación, con un criterio racional, en: Conmutativa, distributiva y legal, según el sujeto que la presta. Es conmutativa cuando funciona entre partes iguales, con base de...

Cuentas jurídicas inciden en twitter y logran ser nominadas a los @Twitawardsrd

Las cuentas   @AbogadoSDQ   y   @RjuridicaUNIBE , resultaron nominadas en las categorías   “Bloguero Twittero”   y   “Revista Twittera” , respectivamente, dentro del marco de los TwitAwardsRD 2013. Se trata de una premiación   de las personalidades de República Dominicana más relevantes de la red social twitter, los cuales son nominados y premiados por el público en las categorías de: Entretenimiento, Televisión, Radio, Tecnología, Personajes e Información . @AbogadoSDQ , creada por el Lic. Juan Vizcaíno Canario, cuyo propósito es contribuir con el desarrollo del Derecho e incentivar el cumplimiento de la función social del abogado, así como la   @RjuridicaUNIBE   que tiene como finalidad presentar periódicamente artículos de interés para la comunidad, alcanzaron la nominación dado el apoyo y respaldo encontrado, por sus incidencias en la referida red social y sobre todo por la labor jurídica que realizan. El proceso de nomi...

La protección de la información en la globalización tecnológica

Por: Juan Francisco Rosario Gratereaux Desde la aparición de los grandes sistemas aislados hasta nuestros días, en los que el trabajo en red es lo habitual, los problemas derivados de la seguridad de la información han ido también cambiando, evolucionando esto conlleva aumentar la sofisticación en el ataque y la complejidad de la solución. En República Dominicana contamos con la ley 53-07 de Delitos y Crímenes de Alta Tecnología donde nos informa lo siguiente con relación a nuestro presente tema " La integridad de los sistemas de información y sus componentes, la información o los datos, que se almacenan o transmiten a través de éstos, las transacciones y acuerdos comerciales o de cualquiera otra índole que se llevan a cabo por su medio y la confidencialidad de éstos, son todos bienes jurídicos protegidos. " Por igual la ley 53-07 en el artículo 6 Párrafo I nos informa lo siguiente con relación a las penas - " Uso de Datos por Acceso Ilícito. Cuando de dic...

Las Costas en el Proceso Civil

Por: Juan Narciso  Vizcaíno  Canario ¿Qué son las costas? El pago de honorarios se remonta al Derecho Romano, del cual lo tomó el legislador francés, consagrándolo en el antiguo derecho, en ordenanza civil de 1667. De ahí pasó al Código Napoleónico y de este último a nuestra legislación, donde el artículo 130 del Código de Procedimiento Civil vigente, expresa que: “Toda parte que sucumba será condenada en las costas…” . De igual forma, tal concepción se deriva que “ El vencido ha de pagar necesariamente al vencedor los gastos o costas del juicio” . Es decir, que la condenación en costas es una carga que se le impone a aquel accionante que habiendo acudido a pleitear fue aplastado por la defensa de su opositor. El fundamento jurídico de esta regla condenatoria se basa en la doctrina que trata de explicar la condenación de costas por medio de la noción de riesgos. Lo que quiere decir que la parte que postula como demandante o demandada, debe soportar la...

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