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Justicia Laboral vs Discriminación

Por: Juan F. Rosario Gratereaux
La justicia social es una forma de expresión de la ética colectiva como la llama Radbruch, y se convierte en el instrumento de mayor rango del derecho social’. Como afirma De Buen. Justicia Social, por lo tanto, correspondiente a la realización de las disciplinas que lo integran.
Antes de definir lo que es la justicia social podemos hacer referencia a la definición original de justicia, la de Ulpiano, como “La constante y perpetua voluntad de dar a cada quien lo suyo”. Pero de nueva cuenta habrá que plasmar otras cuestiones, ¿Quién y cómo se decidera lo que corresponde a cada quién? Este es el problema central de cómo hacer justicia. Tradicionalmente se ha considerado que la justicia puede ser general o particular (Entre individuos).
En segundo término nos acercamos a su clasificación, con un criterio racional, en: Conmutativa, distributiva y legal, según el sujeto que la presta. Es conmutativa cuando funciona entre partes iguales, con base de reciprocidad, en tanto que las otras dos se refieren a las relaciones de los individuos con la sociedad; la distributiva en lo que corresponde a los individuos con la sociedad (derechos a los satisfactores mínimos) y la legal, que se basa en lo que corresponde a la sociedad (Impuestos).
La justicia social es aquello que marca una sociedad a la igualdad y con esto tomo el atrevimiento sobre el centro de mi tema una parte de justicia social en la que llamaremos a continuación “Justicia Laboral”, la justicia laboral no es más ni menos aquella igualdad que posee todo ciudadano dentro del marco del trabajo de crecer, prosperar y sobre todo brindarle el sustento necesario a sus familias mediante el instrumento de trabajo.
Como sabemos el derecho laboral es un conjunto de normas y principios teóricos que regulan las relaciones jurídicas entre empleadores y empleados, así como las relaciones de ambos con el Estado, originado por una prestación voluntaria, subordinada, retribuida de la actividad humana, para la producción de bienes y servicios.
Podríamos afirmar, que desde el comienzo de la lucha por las reivindicaciones laborales, se ha dado prioridad a las prestaciones y beneficios sociales de los cuales deben disfrutar los trabajadores, como una forma de compensación indirecta que mejore sensiblemente sus condiciones de salud, sociales, intelectuales y económicas.
La constitución última reconoce la tridimensionalidad del trabajo; el trabajo es un derecho, un deber y una función social que se ejerce con asistencia del Estado, constituyéndose este como uno de los principales ejes transversales del Estado Social y democrático de derecho.
Cuando se habla de derecho a trabajar se debe distinguir entre el derecho al trabajo y el derecho de trabajo, siendo el primero, como lo define el artículo 6.1 del pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales, el que tiene toda persona “a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente escogido o aceptado” y estable, con las garantías que debe otorgarle al Estado para ello; y el segundo, se relaciona con el escogimiento del trabajo y se define como el “conjunto de normas disposiciones legales que regulan el trabajo y las condiciones de su ejercicio en todo el territorio nacional”.
Entrando en materia en República Dominicana, la justicia laboral aborrece todo acto de discriminación que se presente ante un trabajador, en nuestra actualidad existen mucha discriminación ante el origen de procedencia del trabajador como por ejemplos; donde estudio, de donde viene (Residenciales/ Barrios), apariencia física, entre otras que da pena que en pleno año 2013 todavía podemos afirmar que en nuestro país existe discriminación laboral.
Entre las definiciones que podríamos tomar para referirnos a la discriminación laboral, la más idónea, correcta y completa, por entender que emana de la entidad más facultada para dar este tipo de consideraciones, es la que da la Organización Internacional del Trabajo (OIT) “...El termino discriminación comprende: cualquier distinción, exclusión o preferencia basada en motivos de raza, color, sexo, religión, opinión política, ascendencia nacional u origen social que tenga por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y la ocupación”.
Es casi imposible negar que la existencia de discriminación basada en sexo, raza, edad, clase social, religión o ascendencia nacional se ha manifestado desde siempre, lo que la convierte en un fenómeno muy arraigado dentro de la sociedad, y es por este mismo motivo que aunque se ha avanzado bastante en el campo de la equidad y la igualdad en los últimos años, aún falta mucho terreno por recorrer.
Todavía es posible observar casos en los que las diferencias de ciertas categorías de individuos hacen que estos tengan oportunidades significativamente distintas a las de otros ejemplos de esto es personas dentro de una oficina trabajando en lo mismo, pero ganando diferente, ¿Casualidad? Creo que no.
De verdad como joven no diferente a otros, me duele cuando vemos a millares de jóvenes profesionales desplazados por que no cuentan con un currículo Vitae ostentoso en vista de que sus padres apenas han podido lograr que se gradúen de la universidad mediante sacrificios de darle una mejor vida a sus hijos, nos damos cuenta de que la justicia laboral para ellos no ha funcionado.
Es de molestia ver como jóvenes añorando un mejor futuro no cuentan con las oportunidades requeridas, vemos de un lado el sector empresarial solo en búsqueda de ahorrar costos y obtener mayor ganancias olvidando que las empresas deben contar con el apoyo, soporte de los trabajadores, una empresa que no cree en su gente no es una empresa que será prospera.
Con el paso de la constitución del 2010 abrimos una brecha a las oportunidades se brinda un marco mayor a la justicia social, por igual el reconocimiento de un amplio espacio a la ley, la repercusión de ciertas reglas de interpretación de las normas jurídicas.
Las modificaciones que se han venido produciendo en el ordenamiento jurídico positivo laboral son más que notorias. El Derecho social ha sufrido numerosas transformaciones fruto de la aplicación de las políticas de los gobiernos en el terreno económico, tanto los de impronta socialdemócrata como los neoliberales del gobierno actual, que buscaban, básicamente, el aumento de la competitividad y la productividad de las empresas, para que, lo que era condición necesaria abaratar los costes productivos, por medio del abaratamiento del factor trabajo, ya sea por la vía de la contratación precaria, ya sea por la modificación de la regulación laboral mientras dura el contrato o bien por el abaratamiento del despido mediante multitud de normas que han conseguido que despedir sea cada vez más fácil y barato para los empresarios.
Creo que para poder conquistar la justicia laboral y erradicar la discriminación laboral debemos implementar mejor políticas públicas que vayan en búsqueda de fomentos empresariales, mayores fuente de empleos pero que aquellos sean ocupados por jóvenes con disposición de crecer, prosperar y no por jóvenes muchos de ellos sin capacidad que por las relaciones familiares han obtenido un lugar que en realidad no le corresponde debido a su falta de conocimiento y profesionalidad.
El Estado dominicano entiéndase todos sin distinción por igual que el empresariado debe poner el corazón en ayudar a esos millares de jóvenes que hoy en día se encuentran dentro de sus casa añorando un empleo para que con esto lograr un mejor futuro para sus familias.

El presente artículo no trata de criticar a ningún partido ni defender a otros simplemente de crear conciencia de abrir los ojos para ayudar y con esto lograr que todo ciudadano disfrute de la igualdad de la justicia laboral, con esto le daremos un “nocaut” a la discriminación.

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