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Reforma Laboral y Justicia Social (II)

Por: Juan Francisco Rosario Gratereaux (@JuanGratereaux)
Recientemente, en fecha 15 de Junio escribimos sobre la REFORMA LABORAL Y JUSTICIA SOCIAL (I),  donde  hablamos sobre los intentos de reforma al Código de Trabajo por parte del sector empresarial, luego de haber pasado seis meses retorna con mayor fuerza. Una lucha de tres sectores, aunque la puja es realmente entre dos, un sector buscando proteger aquellas conquistas logradas y otro buscando reformar de acuerdo a su conveniencia.

Los empresarios han argumentado que el Código de Trabajo se encuentra desactualizado y necesita con emergencia reformarse y que se hace poco competitivo para poder impulsar la empleomanía de nuestro país. Algunos olvidan que el empresariado dominicano más que equidad y garantía, lo que busca es aumentar las horas de trabajo. Además, con la eliminación del preaviso y auxilio de cesantía, buscan que ganen menos al momento de ejercer los desahucios, quitar tus años y esfuerzos dedicados a una empresa determinada.

El sector privado ha hecho énfasis en que las disposiciones del Código de Trabajo en materia de horarios, prestaciones laborales, cesantía, riesgos laborales, conciliación judicial crean una traba para la competitividad, crean distorsiones en el mercado laboral. Las conciliaciones y litigios laborales también se han discutido ampliamente, abogan por un mecanismo que evite muchos de los litigios en los tribunales, cuya gran mayoría es ganada por los trabajadores, netamente lo que buscan es coartar la libertad de defensa que posee los trabajadores ante los tribunales especializados de trabajo, y por igual no podemos culpar las garantías del debido proceso en materia laboral como si fueran cargas, lo que sí es carga son esos impuestos (Tributos) del gobierno en las operaciones de las empresas.

Según la Cámara de Comercio de Santiago, muchas empresas pequeñas han quebrado porque no resisten las constantes demandas laborales en las que se ven envuelta sin conseguir fallos a su favor. Entonces nos hacemos las siguientes preguntas ¿Es que si te cometen abusos no puedes demandar?¿Es culpa del trabajador reclamar sus derechos?. Lo que si deben hacer esas pequeñas empresas es respetar los derechos de los trabajadores. Muchas de esas empresas que ejercen los desahucios no respetan los tiempos establecidos del Código de Trabajo, no cumplen con la entrega completa de sus prestaciones y derechos adquiridos, por esto es que los fallos de los tribunales no les favorecen.

No consideramos que el mercado laboral sea demasiado rígido como establecen los empresarios, el Código de Trabajo no ha sido un obstáculo para la rápida expansión de las exportaciones  de manufacturas. En la cual lo confirmamos por la última encuesta del sector empresarial realizada por el Banco Central de la República Dominicana (BCRD), donde informa sobre la inflexibilidad de las regulaciones del mercado de trabajo. No parece ser percibida como obstáculo importante para las empresas dominicanas, cuando ocupa el lugar 12 de 15 obstáculos principales. (FMI, 2013, En base a datos del Banco Central). Como podemos ver no es justificación llamarlo obstáculo porque realmente existen 11 que deberían de ser atendidas principalmente.

Los diversos grupos que representan los intereses de los Trabajadores, como la Central Nacional de Trabajadores Dominicanos  (CNTD), la confederación Autónoma Sindical Clasista (CASC) y el Consejo Nacional de la Unidad Sindical (CNUS)  se oponen en términos generales a cualquier reforma. Muchos se preguntaran ¿Por qué? Sencillo, porque las intenciones verdaderas del sector empresarial es erosionar los derechos de los trabajadores, no es buscar mayor fuente de empleomanía, sino ganar más y pagar menos.

Es que me parece ilógico que olvidemos la importancia de resguardar las garantías económicas del trabajador, porque garantizándolas protegemos por igual a esos padres de familias, hogares que no se vean afectados al momento de ejercer los desahucios. Mediante el salario se pagan los alimentos, los servicios de primera necesidad.

La pregunta que nos hacemos es la siguiente; ¿Como trabajador mantendrás a tu  familia? Con ánimos de responder, en nuestro país los salarios son bajos y la compensación final del trabajador es la cesantía, el empresariado habla del seguro de desempleo, desconociendo que  sería mucho más costoso que la cesantía como tal.

Les puedo afirmar que el interés de la clase privada nunca va a ir dirigida a cubrir los derechos del trabajador, sino por el contrario, como una vez me dijo el profesor Joaquín Luciano “El empresariado solo busca hacer dinero, que se trabaje más y por supuesto pagar menos, en base al sacrificio del trabajador”. Con esto queda claro que solo se busca suprimir ciertos derechos laborales, bajar el costo de la mano de obra es esa la flexibilización que ellos quieren realmente. Esto conlleva a reducir y crear precariedades, abrir la brecha de la desigualdad y por ende no completar el principio primordial de la justicia social.

Recordando al Estado el principio I de nuestro Código de Trabajo: “El trabajo es una función social que se ejerce con la protección y asistencia del Estado. Este debe velar porque las normas del derecho de trabajo se sujeten a sus fines esenciales, que son el bienestar humano y la justicia social”nunca debemos olvidar lo que es la igualdad y equidad, esa es la protección que debe garantizar el Estado Dominicano.


Es necesario que nuestro país cuente con un instrumento laboral moderno, en consonancia con los estándares internacionales, adaptado a las necesidades del país, que abone al desarrollo con la justicia social que los dominicanos desean y merecen, pero no podemos permitir la eliminación de las conquistas logradas del trabajador, es cierto que los tiempos van cambiando y las condiciones de trabajo también, pero nunca debemos promover  la eliminación de los derechos y aquellas conquistas  logradas por la clase trabajadora. 

Comentarios

  1. Creo que este articulo mira de un solo lado y no ve que el Codigo de Trabajo (CT) actual promueve el conflicto Laboral en vez de la conciliacion; que es lo principal para fomentar el empleo. En el actual codigo es lo mismo demandar una multinacional que una empresa de patrimonio pequeño y muchas sentencias son mayores que el capital de esas cualquier MIPYME y eso debe regularse. El actual codigo penaliza al empleador en articulos como el 86 y el 94 como si fueran responsables del tiempo que toma dirimmir un caso en los tribunales. Al llevar la conciliacion del Ministerio de trabajo a los tribunales ya no se concilia y si se revisan las estadisticas se vera que 3 de 4 conflictos se conciliaban en la SET y ahora en los tribunales se concilia "de Mil una y de 100 ninguna" es decir no se concilia, por lo que la conciliacion debe volver al Ministerio de Trabajo. El actual CT establece solo tres tipos de contrato de trabajo cuando en la realidad actual hay multiples relaciones de servicio que no caben en estas tres, por lo que debe actualizarse eso. En el actual CT el fardo de la prueba esta invertido lo que lo hace injusto y sin equidad, por eso los empleados mienten en sus demandas sobre tiempo y salario sin consecuencias para ellos, quien invoca algo debe probarlo; y debemos castigar el perjurio laboral sea del lado que este se produzca sea empleador o empleado que lo cometa. El que para apelar una sentencia de primer grado requiera que el empleador consigne el duplo de la "posible condena" y el empleador no es una injusticia discriminatoria que pone en posicion dificil las MYPIMES, etc. etc. Como usted ve, hay muchas cosas que modificar y que deben modificarse para producir una Ley laboral mas justa y menos pro conflicto.

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