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Mostrando las entradas de octubre, 2013

Reforma Laboral y Justicia Social (II)

Por: Juan Francisco Rosario Gratereaux ( @JuanGratereaux ) Recientemente, en fecha 15 de Junio escribimos sobre la REFORMA LABORAL Y JUSTICIA SOCIAL (I),  donde  hablamos sobre los intentos de reforma al Código de Trabajo por parte del sector empresarial, luego de haber pasado seis meses retorna con mayor fuerza. Una lucha de tres sectores, aunque la puja es realmente entre dos, un sector buscando proteger aquellas conquistas logradas y otro buscando reformar de acuerdo a su conveniencia. Los empresarios han argumentado que el Código de Trabajo se encuentra desactualizado y necesita con emergencia reformarse y que se hace poco competitivo para poder impulsar la empleomanía de nuestro país. Algunos olvidan que el empresariado dominicano más que equidad y garantía, lo que busca es aumentar las horas de trabajo. Además, con la eliminación del preaviso y auxilio de cesantía, buscan que ganen menos al momento de ejercer los desahucios, quitar tus ...

Referimiento Societario: Exceso Legislativo (parte III)

Por: Juan Narciso  Vizcaíno  Canario Como todo Estado democrático, la Constitución de la República, ha facultado al legislador, para que adopte las leyes que considere necesarias para el buen funcionamiento de sus distintos ordenes. En ese marco sobre sus hombros reposa el establecimiento o no de diferentes figuras. Que en el caso especifico de la ley de sociedades comerciales y de responsabilidad limitada, tal y como se dispone en su preámbulo, “ Las normas que sustancialmente organizan y rigen la vida de las sociedades comerciales dominicanas datan de principios del siglo XIX, siendo escasas las modificaciones operadas desde entonces”. Este y otros fueron los motivos que generaron la promulgación de la Ley No. 479-08, General de Sociedades Comerciales y Empresas de Responsabilidad Limitada de la República Dominicana, de fecha 10 de diciembre del año 2008, modificada por la Ley No. 31-11, de fecha 10 de febrero de 2011, la cual trajo consigo una variada gama de fig...

Referimiento Societario: Desnaturalización de la figura (parte II)

Por: Juan Narciso  Vizcaíno  Canario. Al hablar del referimiento en el ámbito de las sociedades comerciales, se ha querido entender que se trata de una figura especial dentro del ámbito societario. Es decir, un referimiento, pero con características especiales, lo cual no es del todo cierto, debido a que la Ley No. 479-08, General de Sociedades Comerciales y Empresas de Responsabilidad Limitada de la República Dominicana, de fecha 10 de diciembre del año 2008, modificada por la Ley No. 31-11, de fecha 10 de febrero de 2011 , a pesar de que en la mayoría de los casos se tipifica como juez de los referimientos, las facultades, poderes y características, como regla general, responden a una ordenanza en la forma de los referimientos y no a un ordenamiento del referimiento per se, porque carece de las características esenciales de este instituto. Al momento del “juez de los referimientos” estatuir en ciertos casos de dificultad en las sociedades comerciales se pierde ...

Referimiento Societario: Aspectos Generales (parte I)

Por: Juan Narciso  Vizcaíno  Canario Una razón, entre las tantas que movilizaron la creación de una ley que rija esta materia, fue la necesidad de que las disposiciones societarias contenidas en el Código de Comercio y en leyes complementarias debían ser sustituidas íntegramente por un nuevo instrumento legal que responda a los requerimientos presentes y futuros de la nación, en consistencia con los acuerdos, convenios y tratados suscritos y ratificados por la República Dominicana. [1] Con la promulgación de la Ley No. 479-08, General de las Sociedades Comerciales y Empresas de Responsabilidad Limitada de la República Dominicana, modificada por la Ley No. 31-11, de fecha 10 de febrero de 2011 , se establecieron nuevas figuras para fortalecer ciertos ámbitos del derecho societario, entre estas se encuentra la institución del juez de los referimientos, para que las partes interesadas, llegado el caso, acudan a éste, con la finalidad de resolver una contestación. ...

Los Robos de Identidades y el Buró de Crédito

Por: Juan F. Rosario Gratereaux El buró de crédito es una herramienta muy útil, utilizada no solo por comercios. Es nada más y nada menos que una central que recopila, almacena y actualiza la información histórica de crédito de los consumidores. La  historia de crédito muestra toda actividad crediticia de los últimos 12 meses de cada una de tus obligaciones. Como lo establece el Artículo 32 de la Ley 288-05, los burós de crédito podrán conservar la información crediticia que le sea proporcionada por los aportantes de datos durante un plazo de 84 meses, contados a partir del pago de la deuda. Ahora, muchos por igual se preguntarán: ¿qué es el robo de identidad? ¿Por qué el autor lo asemeja con el buró? El robo de identidad es un crimen en el cual una persona finge ser otra, asumiendo la identidad de la misma, usando artefactos que aparentan acreditar la identidad de la víctima, como información confidencial, claves de acceso, comprobantes, identificaci...

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